La importancia del derecho a crecer en una familia y eliminar la institucionalización de menores

El grupo de derechos en discapacidad de las Naciones Unidas, conformado por prestigiosas organizaciones como Autism-Europe, Disability Rights International, European Disability Forum, European Network on Independent Living, Inclusion International, International Federation for Spina Bifida and Hydrocephalus, TASH y Validity Foundation, ha publicado un documento titulado Principios Básicos: el derecho a la familia reconocido en el Derecho Internacional.

En dicho documento, se defiende la necesidad y el derecho de todos los niños a vivir y crecer con una familia, tal y como se reconoce en la Convención sobre los Derechos del Niño (CRC) o en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD), donde se impone a los Estados miembros la obligación clara de proteger el derecho a la vida familiar (artículo 23) y de vivir y ser incluido en la comunidad (artículo 19), recogiéndose específicamente el siguiente texto: “para los niños, el pilar del derecho a ser incluido en la comunidad implica el derecho a crecer en una familia”. Asimismo, la CRPD advierte que “Los hogares de grupos grandes o pequeños son especialmente peligrosos para los niños, para quienes no hay sustituto para cubrir su necesidad de crecer con una familia. Las instituciones «similares a las de la familia» siguen siendo instituciones y no pueden sustituir a la atención de una familia”.

Teniendo en cuenta este marco legal, las organizaciones anteriormente mencionadas han solicitado a la Asamblea General de las Naciones Unidas que incluya el siguiente texto en su próxima resolución sobre los derechos de los niños sin cuidado parental:

No hay excepciones al derecho de crecer en una familia para ningún niño, y la prestación de atención nunca justifica la denegación de este derecho. Todos los niños, independientemente de su discapacidad o antecedentes sociales, tienen el mismo derecho y deben tener la misma oportunidad de satisfacer sus necesidades emocionales básicas viviendo y creciendo en una familia y estableciendo los lazos emocionales necesarios para su desarrollo saludable.

Para implementar el derecho a crecer en una familia, los estados tienen la obligación de proporcionar apoyo familiar para evitar la ruptura innecesaria de la familia. Las familias son el principal apoyo comunitario y la clave para facilitar la inclusión comunitaria y la protección de los derechos de los niños con y sin discapacidades. Por lo tanto, es importante preservar las relaciones familiares para preservar los derechos del niño y su bienestar psicológico. Donde los niños viven sin el cuidado de sus padres, los gobiernos tienen la obligación de crear servicios de apoyo para que los niños con y sin discapacidades tengan una variedad de opciones para vivir en la comunidad en un entorno familiar, incluida la atención por parentesco prolongada, cuidado de crianza o adopción e incluyendo el mantenimiento de las relaciones del niño con sus hermanos.

Cuando los estados no cumplen con sus obligaciones legales de crear los sistemas de apoyo familiar necesarios para implementar el derecho a la familia de todos los niños, se produce una violación de los derechos humanos. No obstante, el Estado todavía tiene el deber de minimizar el peligro físico y el daño emocional causado por privar a los niños del derecho a la familia. Los estados que no cumplan con estas obligaciones deben garantizar que la colocación de un niño en un entorno no familiar sea solo una medida temporal y que se tomen medidas urgentes para restablecer la oportunidad para la vida familiar.

Durante cualquier ubicación temporal de un menor, debe haber pleno respeto por las conexiones familiares o familiares que tiene el niño, y se deben tomar medidas para apoyar la reintegración en la vida familiar y el mantenimiento de las conexiones con la familia, la familia extensa y los amigos en la comunidad. La necesidad de atención, servicios de apoyo, tratamiento o educación nunca pueden justificar la violación del derecho a la familia de un niño, y la privación de la vida familiar por motivos de discapacidad equivale a discriminación y debe estar prohibida por la ley.

Para los adolescentes mayores que hacen la transición a la edad adulta, el adolescente puede optar por vivir en un entorno de vivienda con apoyo comunitario que no sea familiar. Sin embargo, dicha elección solo puede considerarse informada y voluntaria, si se brinda apoyo al adolescente para que tome una decisión informada y luego se le brinda la oportunidad de observar, vivir y experimentar un entorno seguro y estable basado en la familia con servicios de apoyo adecuados a su edad, sexo y/o discapacidad.

Fuente:

Recommendations to the UN General Assembly on Behalf of Children Without Parental Care

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